Peligroso Virus Informatico

Publicado por dogma 316 el Lunes, Abril 12th, 2010 a las

El registro del sistema Windows es una base de datos utilizada por todas las plataformas modernas de Windows. Esta base de datos contiene la información que se necesita para configurar el sistema.

Windows constantemente consulta el registro por información que va desde los perfiles de los usuarios, las aplicaciones que están instaladas en el equipo, hasta qué hardware está instalado y qué puertos están registrados.

Las claves de registro reemplazan a los archivos .ini de las versiones anteriores de Windows. Los datos de registro son almacenados como código binario.

Además afecta a otros programas que usan código binario en sus archivos temporales de windows como efecto rebote, tales como:

Word: En este programa borra, cambia de nombre los archivos, afecta el contenido del documento o hace aparecer archivos que habías borrado o trabajado desde internet sin guardarlos nunca en la pc, los cuales guardan una copia en binario o código md5 que se alojan en los archivos temporales o de registro, según sea el caso.

Outlook express: Este programa es afectado de forma muy similar a word, con la diferencia de que aquí puede auto enviarse en mails a otros usuario de su lista de contacto (generalmente los primeros 50) y haci transmitirse de pc en pc.

Messenger: En este programa puede afectar de muchas maneras, simultaneas o individualmente, como por ejemplo, puede viajar vía mensajes a otros usuarios generalmente con un link, cerrar las ventanas de conversación, deja abierta la webcam para que cualquier usuario pueda ver lo q haces, borra conversaciones guardadas, guarda conversaciones o hace aparecer conversaciones que messenger guarda como respaldo en archivos de tipo md5 en los archivos temporales aunque usted no tenga la opción de guardar conversaciones y estas son guardadas aleatoriamente (ya sean nuevas o viejas) como conversaciones recientes. Elimina contactos o agrega otros que se alojan en el mail (esto solo afecta a los usuarios de hotmail) o simplemente deshabilitar la aplicación del pc, lo cual afecta también su reinstalación.

Hay muchos programas que son afectados por este tipo de virus, pero son estos 3 los mas comunes en cualquier pc y lo interesante de esto es que con cualquiera de estos programas se puede saber aproximadamente la fecha de infección por los archivos que son creados o modificados por el mismo, y así poder realizar una mayor desinfección.

Lo que lo hace tan peligroso es que en poco tiempo afecta muchos ordenadores, puede reescribir, crear, mover o borrar datos en el disco duro y dejarlo inoperativo.

El Gobierno de Ecuador oficializa el Centro Internacional Método Arcón para homologación de Equipos Caninos de Rescate e Instructores

Publicado por JaimeParejo el Domingo, Marzo 28th, 2010 a las

El Gobierno de Ecuador oficializa el Centro Internacional Método Arcón para homologación de Equipos Caninos de Rescate e Instructores 

Escrito por José Antonio Aparicio Florido


Gustavo Jalkh Röben, ministro de Gobierno, Policía y Cultos del Gobierno de la República del Ecuador, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 1 del Art. 154 de la Constitución de la República, aprobó mediante Acuerdo Ministerial nº 1083 de 26 de marzo de 2010 la oficialización del Centro Internacional de Formación y Homologación Método Arcón (CIFHMA) en los cuarteles del Grupo de Intervención y Rescate (G.I.R.) de la Policía Nacional del Ecuador.

Resulta importante informar que la normativa de regulación y control oficial relativa a la formación, certificación y homologación de Instructores, Guías y Perros de Rescate (Nivel I y II) por la cual se ha de regir, con carácter permanente, el citado C.I.F.H.M.A., o cualquier otro que también pudiera establecerse y oficializarse en el futuro, será la Normativa oficial del Método Arcón, la cual se encuentra rigurosamente regulada, supervisada y actualizada por un solo órgano, técnico e internacional, denominado Consejo Técnico Rector Método Arcón (C.T.R.M.A.), legitimado y facultado desde el día 18 de septiembre de 2009 por el creador del método Arcón Jaime Parejo García en base, principalmente, a la potestad legal que le confiere la propiedad intelectual de la citada metodología. El citado precepto o norma integra el denominado Reglamento oficial del C.I.F.H.M.A.

Anteriormente, con fecha 22 de junio de 2009, Jaime Parejo propuso al Comandante General de la Policía Nacional de Ecuador y al Ministro de Gobierno, autorizando y apoyando documentalmente, que mediante la correspondiente aprobación del pertinente Acuerdo Ministerial del Ministerio de Gobierno del Ecuador se confiera la condición institucional de Centro Internacional de Formación y Homologación Método Arcón (C.I.F.H.M.A.) al Grupo de Intervención Y Rescate (G.I.R.) de la Policía Nacional del Ecuador y respectivos cuarteles en Quito y Guayaquil, considerando entre otros motivos fundamentales que, en base al extraordinario nivel de eficacia de esta metodología, constatada a nivel internacional por los expertos competentes, se reconoció consecuentemente en Ecuador mediante Acuerdo Ministerial nº 009 de 27 de enero de 2004 el Método Arcón como el sistema oficial gubernamental para la formación e intervención de equipos caninos de rescate en catástrofes, con objeto de garantizar en la mayor medida posible unos resultados positivos en beneficio de la seguridad pública para la ciudadanía en lo que respecta a las operaciones de intervención específicas de búsqueda y localización de personas con vida sepultadas, frente a todo tipo de circunstancias.

La oficialización del CIFHMA por el Gobierno de Ecuador constituye obviamente un gran avance, pionero y urgentemente necesario, para afrontar con mayor eficacia, las operaciones de búsqueda y salvamento, frente a los futuros desastres que afectarán, no solo a Ecuador, sino al resto del planeta, considerándose por ejemplo que la metodología Arcón está reconocida actualmente por numerosos expertos e instituciones, como un importante y demostrado avance científico y operativo para la humanidad, y que entre los puntos que expresa el referido Acuerdo Ministerial se incluye la siguiente afirmación literal:

El C.I.F.H.M.A. constituye una sólida y efectiva respuesta para la consecución del importante y necesario objetivo internacional de potenciar al máximo la eficacia en las operaciones de búsqueda, localización y consecuente salvamento de personas con vida sepultadas, en cualquier lugar del mundo que se produzcan desastres naturales o provocados por el hombre que implica el sepultamiento de seres humanos.

Informar por último, que el CIFHMA intervendrá judicialmente de conformidad con la Ley y a través de sus órganos jurídicos vinculados contra cualquier persona natural o jurídica, en aquellos casos que así procediese y relativos a la metodología Arcón como pueda ser vulneración de su normativa oficial, infracción de su respectiva protección legal por la propiedad intelectual, etc.

Se prevé que en fechas próximas Gustavo Jalkh Röben, ministro de Gobierno de Ecuador, anunciará en Quito la oficialización del CIFHMA en base al importante avance que ello implicará, no solo para el pais, sino para la comunidad internacional en general, mediante rueda de prensa con las principales Autoridades competentes y el conjunto de Embajadores en Ecuador.

 

International Association of Emergency Managers

http://www.iaem.es/index.php?option=com_content&view=article&id=1229

 

Acciones necesarias para el desarrollo del distrito de Miraflores de la región Arequipa

Publicado por Constantinopla el Sábado, Marzo 20th, 2010 a las

     Herminio Ludeña Enciso (*)               

    Mirtha Bardales Córdova (**)

En el presente informe se hará un análisis de las necesidades del distrito de Miraflores, ubicado en la provincia de Arequipa, región Arequipa. Lo que en más de 20 años no ha podido realizar el partido aprista y que sólo ha significado una alta corrupción de sus autoridades. En los últimos años podemos verificar que en el sector de Chapi Chico, la “mejora” del parque ubicado en dicho lugar ha significado un desembolso de 248 mil nuevos soles del bolsillo de todos los peruanos y no se percibe en que ha sido mejorado dicho parque. La compra de un terreno para el centro de salud de “La Chavela” en 243 mil nuevos soles llama la atención, ya que el metro cuadrado ha sido adquirido en más de US $300 dólares. Esto solo es un botón de lo que están haciendo las actuales autoridades municipales. Así existen muchas construcciones que han sido sobrevaloradas y que no han sido equipadas, necesariamente se deben realizar auditorias técnicas-legales y contables a fin de terminar con esta forma de utilizar el presupuesto y transferencias de otros organismos del sector público, que no han significado el desarrollo social y económico de este distrito arequipeño, su población está sumida en un desempleo cada vez más apremiante y está siendo conducida a una pobreza que debe terminar con un cambio y reformas en la forma de conducir un organismo que debe velar por el desarrollo humano, todo ello debe ser plasmado en un plan de desarrollo concertado capaz de conducir al distrito con organización, capacitación y financiamiento de todos los programas que se planifiquen conjuntamente con la población organizada. Miraflores tiene la necesidad de un municipio dialogante y participativo, para conducir a la población a su desarrollo económico y social.      

Historia de Miraflores.- De acuerdo a la documentación existente se ha fijado el 21 de noviembre de 1893 como la fecha de creación del distrito de Miraflores. A pesar que fue una ley dada por el Gobierno del Presidente Remigio Morales Bermúdez para “rectificar los actuales límites del distrito de Miraflores”; por lo cual debemos de considerar que la creación del distrito de Miraflores ha sido mucho antes del año 1893. De acuerdo a documentos existentes en el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) la creación de Miraflores como distrito, fue por Ley s/n del 02 de Enero de 1857. Aquí habría que preguntarse que han hecho los diferentes alcaldes por investigar la fecha real de creación de nuestro distrito. Es decir Miraflores tiene 152 años de creación, como distrito. Luego de la ley de “rectificación de los límites de Miraflores”, el 28 de Febrero de 1941, el presidente don Manuel Prado y Ugarteche, firma la Ley 9360, en la que Miraflores, vuelve a anexarse al distrito del Cercado de Arequipa. Casi 15 años después de permanecer en esta situación, el gobierno de don Manuel A. Odría por ley 12634 del 02 de Febrero de 1956, le devuelve a Miraflores la categoría de distrito, pero estableciendo nuevos límites. 

Crecimiento urbano.- De acuerdo al último censo Miraflores tiene una población de 50,704 habitantes, distribuidos en un territorio con una extensión de 28.68 kilómetros cuadrados, tiene una altitud media de 2,430 msnm y una densidad poblacional de 1,817.1 habitantes por km2. Debido al centralismo de las grandes ciudades y del olvido de las provincias, surge el fenómeno social de migración y crecimiento desordenado del distrito. 

Hasta el año 2008 existían 42 asentamientos humanos – que tienen diversas denominaciones – en muchos de los cuales tienen problemas de ausencia de servicios básicos (agua y desagüe, principalmente), por lo cual se puede afirmar que en Miraflores no se prioriza a la persona humana. Hasta hoy – en el distrito – han ocupado la Alcaldía 23 personas de diferentes tintes políticos, los cuales – por lo general – han priorizado – dentro de sus programas – a sus allegados. Las futuras autoridades ediles deben priorizar la erradicación de la pobreza y muy especialmente la pobreza crítica. Hasta hoy – las autoridades ediles – han trabajado sin ninguna orientación ética con la finalidad de erradicar la corrupción que – indudablemente – existe en el gobierno municipal. Es indispensable que estas autoridades sean personas que dialogan abiertamente sobre los problemas que aquejan a la población miraflorina. Según lo manifestado por el actual alcalde, tiene hora y media diaria para realizar una atención personalizada, ello nos hace ver que no se ha cumplido con realizar los cabildos abiertos, que estaban claramente especificados en el plan de desarrollo concertado del distrito.  Es necesario ir a cada uno de los poblados y organizaciones existentes en el distrito a fin de seguir conociendo los principales problemas y determinar las formas de solucionarlos.   

Urbanización planificada con Servicios básicos.- De acuerdo a los informes existentes – en Miraflores – habrían unas 3 mil familias que no cuentan con servicio fluido de agua y desagüe, siendo ello origen de problemas de salud e higiene en la población afectada, que se encuentra en las zonas urbano marginales. En relación con este problema, los gobiernos municipales deben comprometerse a promover la ejecución de las obras de saneamiento de todos los asentamientos humanos del distrito y apoyarlos en la titulación de las propiedades que aún no han sido tituladas. Todo ello visto con una óptica de justicia social, es decir que las propiedades que son fruto de “invasiones” y cuyo pago es con trabajo de los posesionarios, deben ser propiedades únicas de los posesionarios, para lo cual se debe pedir información a la Superintendencia Nacional de Registros Públicos.  

Además se debe desarrollar un plan intensivo de reforestación especialmente en las torrenteras existentes y que discurren por todo el distrito y alrededor de los diferentes asentamientos humanos que se encuentran en Miraflores. Se debe planificar una recolección de basura de todas estas zonas que hoy se encuentran abandonadas por el municipio y que seguramente cuando se acerque la fecha de las elecciones municipales, recién el municipio actual se recuerde que existen estos asentamientos humanos.  

Ordenamiento territorial y urbano del distrito.- El reordenamiento territorial debe ser una de las principales preocupaciones de los gobiernos municipales buscando zonas para la reforestación y siembra de pastos que propicien que muchas viviendas sean protegidas del deterioro de los suelos, además de dar un mejor ambiente en todo el distrito. Además será necesaria la adecuación de muros de contención y escaleras en algunas zonas del distrito. También es necesaria la búsqueda de zonas que den tranquilidad y estar siempre preparados para cualquier contingencia que pueda presentarse en la región, debemos de tener siempre presente que estamos en una zona volcánica, donde son permanentes los temblores y que por el cambio climático pueden producirse lluvias torrenciales como está sucediendo en diferentes regiones de nuestro país. Dar a la población miraflorina un medio ambiente adecuado dotándole de lo más necesario para evitar la contaminación del medio ambiente, para ello es indispensable reordenar el transito dentro del distrito, hacer una alameda con suficiente arborización, donde las familias puedan disfrutar de un medio ambiente saludable y finalmente ejecutar un parque regional en las zonas altas del distrito a fin de fomentar el desarrollo de los miraflorinos y el turismo nacional e internacional. Todo esto y lo necesario para un distrito que necesita de ambiente adecuado deberá verse en el ordenamiento territorial y urbanístico del distrito.  Salud.- El distrito de Miraflores de una población total de 50,704 habitantes, sólo 18,210 están dentro de los programas de EsSalud y el Sistema Integral de Salud (SIS), por lo tanto las autoridades ediles deben dar soluciones a este grave problema que afecta a la mayor parte de la población del distrito. Al tener un presupuesto muy limitado, se debe considerar prioritario la realización de convenios y alianzas con profesionales e instituciones públicas y/o privadas a fin de dar una atención de calidad a precios accesibles que favorezcan a los sectores que no tienen cobertura con los sistemas públicos de seguridad en salud. Para este programa se debe estructurar un estudio en el cual se debe priorizar la atención ambulatoria con la  habilitación de buses, trailers, camiones frigoríficos, plataformas, tranvías, etc. que hoy se encuentran en desuso, estos se habilitarían para dar origen a consultorios médicos y odontológicos móviles, salas de parto y atención de emergencia. Esto constituiría el programa del hospital ambulatorio que podría llevar atención a las poblaciones más necesitadas de Miraflores.   

Programa del vaso de leche.- Este programa necesita ser reestructurado a fin de que llegue a las familias que realmente lo necesitan y que los insumos sean de calidad y deben proceder en su mayoría de los productores arequipeños, para contribuir en forma eficaz y eficiente con la seguridad y soberanía alimentaria. En vista de que es posible el procesamiento de la leche en diferentes sub-productos, el municipio puede realizar ello y entregar en forma de yogurt, de queso u otro sub-producto lácteo que alimente convenientemente a las familias consideradas dentro de este programa y otorgar así un elemento nutritivo de calidad, que cuente con las garantías de tener los nutrientes que requieren los niños y beneficiarios.  

Taller permanente sobre nutrición familiar.- Es necesario la implementación de un taller permanente sobre nutrición familiar. En Arequipa se tienen muchos productos agropecuarios e hidrobiológicos, que no son aprovechados convenientemente. Con este taller se logrará abaratar la alimentación familiar, consiguiendo una adecuada nutrición de toda la población miraflorina.  

Paralelamente se debe implementar un comedor municipal, exclusivo para el adulto mayor y madres con problemas de violencia familiar. Este comedor debe orientar a todas las madres de familia para utilizar los insumos más convenientes en la alimentación.        

Educación.- En el distrito de Miraflores dentro de una población de 48,492 habitantes mayores de tres años, existen 3,156 personas sin nivel educativo. También existen alrededor de unas 6,000 personas con nivel educativo muy inconsistente, por lo cual se requiere realizar un eficiente programa de refrescamiento y consolidación educativa, para lograr que toda la población esté en capacidad de asumir en mejor forma cursos taller que le den oportunidades para formar pequeñas y medianas empresas. Debe ser – por lo tanto – menester de las autoridades municipales trabajar en un proyecto educativo que fortalezca la educación en el distrito y la adecue a la región y los recursos existentes. Esperamos que – con los cambios adecuados – la juventud estudiosa tenga la capacidad para competir con educandos de otras regiones del Perú a fin de tener ciudadanos aptos para encontrar trabajo, salud y bienestar dentro de su vida familiar y en su participación en las actividades del municipio. Para este programa, también se deben realizar convenios con instituciones como ARCIJEA, las universidades públicas y/o particulares e institutos pedagógicos de la región a fin de brindar una educación comparable a la que se brinda en las mejores instituciones educativas del país y del extranjero. Para formar a los jóvenes miraflorinos adecuadamente, se debe promover la implementación de un Instituto de Nivelación Educativa, esto con el fin de lograr mejores educandos. Finalmente debe ser menester del municipio organizar concursos a fin de promover la intelectualidad de jóvenes y niños, premiando a los mejores educandos. También es indispensable y necesaria la construcción y equipamiento de una biblioteca central del distrito, la cual debe tener todos los adelantos en atención, fotocopiado, internet y todo lo que ayude a nuestros jóvenes estudiantes.  

Trabajo.-  Se ha podido observar que una gran mayoría de familias viven gracias a trabajos temporales que realizan los padres de familias, por lo tanto las autoridades edilicias deben realizar convenios con el Ministerio de la Mujer y el Desarrollo Social a fin de implementar los wawa wasi e institutos de educación inicial que fueran necesarios a fin de que los párvulos y niños estén protegidos y seguros en manos de madres educadoras y profesoras. Además se debe dar lugar a la creación del Instituto Municipal para el Trabajo, cuya función principal debe ser el de organizar y capacitar a la población para dar lugar a la creación de micro y pequeñas empresas, para esto será necesario realizar convenios con diversas instituciones que nos apoyen en este empeño social. La región tiene innumerables recursos con base a los cuales se debe buscar – mediante convenios con todas las instituciones de la región – la organización y capacitación de diferentes grupos humanos en la producción y/o elaboración de diferentes productos, cuya comercialización debe dar los ingresos necesarios a las pequeñas empresas que se organicen con el apoyo de diferentes entes financieros, con lo cual se tendrá un distrito con trabajo pleno, creando condiciones adecuadas para la erradicación de la delincuencia, el alcoholismo y la drogadicción, que hoy – debido a la ausencia de trabajo – se está diseminando en toda la región. Se viene trabajando en la promoción de no eliminar toda la basura que se acumule en el distrito, se debe educar a toda la población a fin de separar todos los elementos que pueden ser reciclables y eliminar solo aquellos que no pueden ser sometidos a ello. El vidrio, el plástico, el papel, los cartones, elementos metálicos, elementos orgánicos y otros pueden ser sometidos a diferentes procesos que den nuevos productos que pueden ser comercializados y dar ingresos para un gran número de familias. Los productos orgánicos serán la base para la creación de una planta de fertilizantes, que daría empleo a decenas de familias.  

También se viene trabajando en los diversos recursos naturales y producidos por pequeños y medianos empresarios existentes en Arequipa a fin de promover la creación de medianas y pequeñas empresas en el distrito de Miraflores en base a productos como la leche, la fibra de la alpaca y la llama, la producción avícola, los productos agrícolas y otros que pueden dar lugar al empleo de la mano de obra de tantas mujeres y jóvenes del distrito. Todo esto ligado a la implementación de microempresas de bisutería, de la industria del vestido, de cosméticos, de zapatería, de la transformación de la pasta de cacao, de pastelería, de panadería, de procesamiento de la harina, del procesamiento de productos marinos y muchas otras que irán naciendo de las necesidades de las familias del distrito, iremos rumbo a ser un distrito con empleo pleno, lo cual contribuirá a la seguridad del mismo.           

Deportes.- La salud, la educación y el trabajo deben ser complementados con el desarrollo deportivo del ser humano “mente sana en cuerpo sano”. Por lo tanto debe ser menester de los futuros alcaldes el organizar torneos de diferentes disciplinas deportivas, deben organizarse torneos intercolegios del distrito, interbarrios, intercomerciantes, etc. con el fin de buscar la unión, la confraternidad y el diálogo dentro de la población miraflorina, así obtendremos el desarrollo humano pleno. Uno de los proyectos que es necesario realizar en el distrito es la construcción de una Villa Deportiva, para ello será necesario que las autoridades y organizaciones vecinales busquen los territorios más propicios y que pueda ser utilizado por la Municipalidad Distrital de Miraflores en la edificación de esta importante obra.  

Bienestar familiar.- La población miraflorina no tiene lugares adecuados para pasear y distraerse los días domingos y feriados, por lo que es necesaria la implementación de un parque zonal, en los terrenos que corresponde al distrito y que lo administrala Reserva Nacional Salinas Aguada Blanca, donde en lugar de haberse reforestado y saneado para ser útil para la población, los administradores de dicha Reserva no han hecho absolutamente nada; al contrario estos lugares han sido deforestados y están en completo abandono. En estos terrenos se efectuaría una intensiva reforestación con arbustos y árboles de la región, aquí sería necesario criar aves y animales propios de la región, y finalmente implementar casas de campo con material del lugar, todo ello puede significar ingresos para las empresas que se establezcan en el distrito y para el municipio. Estos ingresos bien administrados pueden dar lugar a obras necesarias para los lugares aledaños al futuro parque zonal.  Casa Hogar parala Mujer Maltratada.- Debido a que uno de los problemas dentro de la familia – en el distrito – es la violencia familiar, debe promoverse la construcción e implementación de una Casa Hogar para la mujer que sufre o ha sufrido de violencia por parte de su pareja. En este ambiente tendrá atención psicológica y médica, para luego de su recuperación darle oportunidad para entrar o conformar una micro o pequeña empresa, con lo cual logrará establecer una mejor vivencia y un equilibrio psicológico que le ayudará a afrontar la crianza de sus hijos. Reorientación del transito vehicular.- Es una necesidad para la población miraflorina, realizar un convenio con el Ministerio de Transporte a fin de reorientar el transito vehicular de tal manera que las avenidas principales por donde transitan la gran mayoría de vehículos que ingresan al distrito no tengan cantidades excesivas de gases tóxicos que afectan a la población que viven en dichos lugares. También será necesaria la semaforización de los lugares muy transitados, donde frecuentemente se suscitan problemas vehiculares y la construcción de puentes peatonales en los lugares que sean necesarios.       

Seguridad ciudadana.- Diversas organizaciones están realizando estudios para proponer a la población miraflorina un plan en que se implemente la seguridad en sus actividades diarias y para que todos podamos tener una vivencia tranquila. Se necesita organizar a los diferentes sectores de la ciudadanía y promover una seguridad ciudadana concertada, donde el municipio, la Policía Nacional del Perú y la ciudadanía organizada deben proponer un nuevo, eficiente y eficaz sistema que de mayor seguridad a la ciudadanía. Ya la educación, la salud, el trabajo y el deporte, al ser conducidos como debe ser con eficiencia y ética deben eliminar la delincuencia menor; por lo tanto se debe trabajar en la prevención de otras formas de delincuencia que pueden presentarse en el distrito.   

Presupuesto del municipio de Miraflores.- El grupo político que acceda al municipio debe estudiar el presupuesto que será necesario a partir del año 2010 para realizar las obras que Miraflores necesita. Es necesario que haya transparencia en el manejo presupuestal, ya que existen transferencias de otros sectores públicos y diversidad de programas que manejan los diferentes municipios arequipeños. Se aprecia que las transferencias son la herramienta más común para cerrar las brechas fiscales entre los ingresos y los gastos locales, de allí que es necesario reordenar los ingresos y los gastos corrientes a fin de tener suficiencia para invertir en las obras más necesarias para Miraflores.  

En resumen el partido político que ingrese al municipio en año 2011 debe velar por el bienestar de la familia, por la participación ciudadana en el manejo y administración del municipio y por la integración de todos los sectores sociales del distrito. De acuerdo a lo mencionado deben ser objetivos de las autoridades ediles la urbanización planificada con servicios básicos de los AA. HH. que hoy se encuentran excluidos y que  los organismos oficiales los recuerdan sólo cuando necesitan el apoyo electoral. Luego será nuestra tarea velar por la implementación del hospital ambulatorio, la implementación del Instituto Municipal para el Trabajo y en general obras para promover el bienestar de las familias miraflorinas. Además se deben hacer las obras más necesarias de acuerdo a las transferencias que el gobierno central y regional, foncodes, el Ministerio de
la Mujer y Desarrollo Social y otras instituciones públicas puedan hacer para el distrito. Finalmente debe buscarse el apoyo de la cooperación internacional para pequeños proyectos sociales y de desarrollo para ser aplicados en la construcción de puentes peatonales, escaleras, muros de contención, etc. en los sectores y poblados que lo necesiten.
 Se espera que los grupos políticos que quieran acceder al municipio miraflorino lo hagan preparando sus equipos de trabajo para efectuar lo que ofrecen, no buscando los enfrentamientos verbales ofensivos, no haciendo afiches, encuestas, ni publicar panfletos que no contengan la verdad. De hacer publicaciones, estas deben sustentarse con documentos que prueben lo que se menciona en dichas publicaciones. Que no se complementen sus campañas políticas regalando víveres, alimentos o dinero que humillan y envilecen a los pobladores miraflorinos.  

  

(*) Consultor en Recursos Pecuarios Andinos

      ex-docente investigador de la UNMSM

(**) Presidenta del Club de Labor Social “El Iraní)

        Gerente del Restaurant Turístico “El Iraní”

El bombero español Jaime Parejo, propuesto para el Premio Príncipe de Asturias en Investigación Científica

Publicado por JaimeParejo el Sábado, Marzo 20th, 2010 a las

El bombero español Jaime Parejo, propuesto para el Premio Príncipe de Asturias en Investigación Científica

 

Escrito por José Antonio Aparicio Florido

Viernes, 19 de Marzo de 2010 21:33

Prestigiosas instituciones científicas y del ámbito de las emergencias tanto nacionales como internacionales han propuesto oficialmente al bombero español Jaime Parejo García para el Premio Príncipe de Asturias 2010 en la categoría de Investigación Científica y Técnica, destacando unánimemente en sus argumentaciones, de una forma u otra, el extraordinario mérito y valor de su labor científica, la cual ha supuesto muchos años de entrega a una meticulosa y ardua tarea de investigación, que culminaría en octubre de 1994 con el denominado método Arcón. En la actualidad, numerosos científicos reconocen este método como un trascendente avance en el campo de la etología, siendo igualmente reconocido por servicios oficiales de emergencia y cuerpos de seguridad como un innovador e importantísimo medio de salvamento que también ha favorecido considerablemente a la humanidad, al permitir incrementar el salvamento de vidas humanas con demostrada efectividad en diversas situaciones que afectan a la comunidad internacional. Sus actuaciones se han desarrollado por ejemplo en los salvamentos por localización de supervivientes sepultados a causa de movimientos sísmicos, incluso bajo condiciones de extrema dificultad perceptiva, o logrando evitar que numerosas personas sean víctimas de minas anti personas, e incluso en atentados terroristas con explosivos.

Algunas de las Instituciones que han propuesto a Jaime Parejo para la concesión del Premio Príncipe de Asturias 2010 en Investigación Científica son las siguientes:

PRODEAN Bahía de Cádiz, Asociación Protectora para la Defensa de los Animales y Selección Canina para Salvamento en Catástrofes, la cual colabora de forma importante desde hace años con diversas Unidades Caninas de Rescate de Cuerpos de Bomberos, siendo la primera en abordar la iniciativa de la referida propuesta.

Grupo de Investigación CORA del Plan Andaluz de Investigación (PAI, AGR-134)de la Facultad de Veterinaria de la Universidad de Córdoba, España.

Sociedad Cubana de Medicina Veterinaria para Casos de Desastres.

Sociedad Iberoamericana de Medicina Veterinaria de Desastres.

Jefatura de la Unidad Canina de Rescate del Cuerpo de Policía Nacional de Colombia e Investigador Principal del Proyecto “Perros de Paz” para el desminado humanitario de Colombia ante el Ministerio de Defensa Nacional y la Vicepresidencia de la República de Colombia.

Veterinaria Organización, organización profesional y científica de carácter internacional, integrada por 40.000 veterinarios, académicos, investigadores y clínicos de diversos países.

International Association of Emergency Managers (IAEM), organización integrada por 4.500 profesionales presentes en 58 países del mundo y dedicada a la promoción de los objetivos de salvar vidas y proteger los bienes en situaciones de emergencia y desastres.

Presidencias del Comité Científico y Organizador, Doctores de la Universidad Central “Marta Abreu“ de las Villas, Cuba, directores del IV Taller Internacional de la Sociedad Cubana de Medicina Veterinaria para Casos de Desastres.

 

Fuente : Web oficial de la IAEM, International Association of Emergency Managers

http://www.iaem.es/index.php?option=com_content&view=article&id=1218

La SCMVCD y la SIBMVD han propuesto al español Jaime Parejo García para el Premio Príncipe de Asturias de Investigación Científica

Publicado por JaimeParejo el Sábado, Marzo 20th, 2010 a las

La SCMVCD y la SIBMVD han propuesto al español Jaime Parejo García para el Premio Príncipe de Asturias de Investigación Científica

 

La Sociedad Cubana de Medicina Veterinaria para Casos de Desastres y la Sociedad Iberoamericana de Medicina Veterinaria de Desastres han propuesto oficialmente al español D. Jaime Parejo García Miembro de Honor de la Institución, para la concesión del Premio Príncipe de Asturias 2010 en la categoría de Investigación Científica y Técnica, reconociendo su dilatada y fértil labor científica de campo, cuyos resultados englobados en la reconocida e innovadora metodología Arcón, han supuesto un revolucionario y positivo avance para la humanidad, en el campo de la etología, así como en el área del salvamento de vidas humanas, frente a desastres naturales o provocados por el hombre entre otras circunstancias de siniestralidad social como también ha sido por ejemplo el hecho de proporcionar a la sociedad una respuesta altamente efectiva y necesaria frente a la búsqueda y detección principalmente de personas y especies animales protegidas.

Fuente : Sitio oficial de La Sociedad Cubana de Medicina Veterinaria para Casos de Desastres (SCMVCD) y la Sociedad Iberoamericana de Medicina Veterinaria de Desastres (SIBMVD) .

http://www.mvd.sld.cu/noticia.html

¿ Está preparada Andalucía, en caso de Terremoto, para la Búsqueda y Localización Eficaz de los Supervivientes Sepultados ?

Publicado por JaimeParejo el Jueves, Diciembre 24th, 2009 a las

Escrito por www.rescatecanino.com
Martes, 22 de Diciembre de 2009 12:32
El pasado jueves 17 de diciembre la Comunidad Autónoma Andaluza se ha visto sorprendida por un terremoto de 6.3 grados de magnitud en la escala de Richter, que se ha sentido con fuerza en la costa occidental de Andalucía a las 1:27 horas según informó a Efe fuentes del Instituto Geográfico Nacional.

Por otra parte, expertos andaluces que analizaron la actividad tectónica reciente y las deformaciones de la cordillera Bética con objeto de localizar fallas activas y peligrosas en Andalucía Oriental, han informado que por ejemplo, la falla de Granada, podría provocar un terremoto de magnitud 5-6 en la escala Richter en caso de movimiento.

¿ Está preparada Andalucía, en caso de sufrir un siniestro sísmico o de otro tipo, para afrontar eficazmente las imprescindibles y urgentes tareas de búsqueda y localización de supervivientes sepultados ?

Las primeras Unidades Caninas de Rescate que existen e intervienen en diversos siniestros, nacionales e internacionales, en la historia de Andalucía, fueron formados por el Bombero sevillano Jaime Parejo con los efectivos resultados de su propia investigación y metodología.

La Comunidad Autónoma Andaluza, sufría como el resto de regiones, la urgente necesidad de disponer de un método altamente efectivo para búsqueda, localización y consecuente salvamento de supervivientes sepultados frente a diversos tipos de siniestros, que implicasen el sepultamiento de personas (terremotos, explosiones, fallos estructurales, incendios, deslizamientos…) hasta que por fin en Octubre 1994, nace el método arcón, creado por Jaime Parejo, quien dedicó y afrontó durante numerosos años una intensa labor de investigación científica y posterior docencia hasta conseguir dotar a la región, la sociedad andaluza de un eficaz y esencial dispositivo de salvamento, solventándose así tan grave carencia que afectaba desde sus inicios al citado territorio del sur de España frente a potenciales desastres . En Junio de 1996, Jaime Parejo forma oficialmente por la Academia del SPEIS del Ayuntamiento de Sevilla la primera Unidad Canina de Rescate de la Comunidad Autónoma Andaluza, en el Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Sevilla, que sería además la Unidad Canina pionera formada con el método Arcón y primera perteneciente a un Cuerpo de Bomberos en España.

En 1999 interviene en Armenia, Colombia, tras sufrir un destructivo terremoto, como Jefe de la Unidad Canina de Rescate del Consorcio de Bomberos de la Diputación de Huelva, que igualmente formó con el método Arcón, siendo la primera vez que una Unidad Canina de Rescate en España, interviene en un siniestro fuera de las fronteras del país. Los destacados resultados operativos de la citada Unidad y la del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Huelva, en diversas intervenciones y países durante dicho año comenzaron a dejar patente, a nivel internacional, el extraordinario nivel de eficacia de tan innovadora metodología.

Este Bombero del Ayuntamiento de Sevilla, continuó dotando a los Cuerpos de Bomberos de la Comunidad Autónoma Andaluza, habiendo formado oficialmente con el método Arcón Bomberos Guías y Perros de Rescate en la mayoría de los principales Cuerpos de Bomberos de Andalucía : Consorcio Bomberos Diputación Huelva, Ayuntamiento de Huelva, Consorcio Bomberos Diputación de Cádiz, Ayuntamiento de Granada, Ayuntamiento de Córdoba, Consorcio Bomberos Diputación de Córdoba, Ayuntamiento de Málaga, Ayuntamiento de Sevilla, Ayuntamiento de Almería…

Paralelamente, respecto a España también ha formado, oficialmente, con método Arcón, Guías, Instructores o Perros de Rescate en los Cuerpos de Bomberos de Palencia, Valladolid, Zamora, Guadalajara, Madrid, Alicante, Grupo de Especialistas Bomberos de Castilla y León, Ejército del Aire, Grupo de Operaciones Especiales del Ejército de Tierra…

Durante el Pleno del Parlamento de Andalucía celebrado el dia 24 de octubre de 2002,fecha para debate y aprobación de la Ley de Gestión de Emergencias en Andalucía, portavoces de los Grupos Parlamentarios, se expresaron publicamente a favor de la consolidación oficial del Método Arcón, en Andalucía, en base a la altísima efectividad demostrada para el salvamento y destacaron además, la circunstancia añadida, de ser un Sistema creado por un andaluz, Jaime Parejo García, en Andalucía, quien además elaboró tecnicamente el Proyecto U.C.R.A. vinculado al método Arcón, en 1997 para la Dirección General de Política Interior de la Junta de Andalucía. Se aprueba en el artículo 37 de la Ley de Gestión de Emergencias en Andalucía, la creación de U.C.R.A.

Seguidamente, el Parlamento de Andalucía, con el importante objetivo público de afrontar oficialmente, en base a la mayor eficacia oficialmente constatada, futuros siniestros potenciales de cualquier magnitud y origen natural o antrópico, que impliquen el sepultamiento de personas, aprueba el día 2 de febrero de 2006 por unanimidad la Proposición no de Ley relativa a homologación del Método Arcón para la formación de Unidades Caninas de Rescate B.O.P.A. 378 de 15 de febrero de 2006 (7- 05/PNLC 000294).

Con idéntico objetivo relativo a la prevención y seguridad ciudadana, en noviembre de 2006 el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla, aprueba mediante Resolución nº 12.561 que el método Arcón sea en la capital hispalense el sistema oficial de formación e intervención para equipos caninos de rescate.

Jaime Parejo ha mantenido desde el principio una exigente y fructuosa línea autodidacta, que orientó voluntariamente a favorecer la humanidad en diversas situaciones de desastres, siendo su obra más destacada la creación del método Arcón, resultado de numerosos años afrontando lo que ha sido una intensa labor de investigación científica de campo, sobre comportamiento animal y más adelante respecto a la especie canina. Destinado oficialmente a Cuerpos de Bomberos, Policías, Ejércitos, Protección Civil…, está considerado hoy un gran avance científico y operativo para la Humanidad.

Tras intensos años de investigación científica de campo logró crear un sistema innovador y extraordinariamente eficaz para la formación e intervención para equipos caninos de búsqueda y rescate de personas sepultadas por cualquier causa ( terremotos, explosiones, deslizamientos, avalanchas…), tanto en operaciones de exterior como en espacios confinados con nula visibilidad, y paralelamente también utilizado con el mismo nivel de efectividad en la búsqueda y localización de explosivos, narcóticos, minas anti-personas, y especies animales protegidas.

El trascendente valor del método Arcón como demostrado avance científico e innovador medio de salvamento altamente efectivo, así como sus resultados en diversos países, ha sido informado, acreditado, reconocido y galardonado oficialmente por numerosas instituciones policiales, militares, bomberos, gubernamentales, científicas…

Tras obtener calificación jurídica favorable, se aprobó con nº 1998/41/12727 del 5 de mayo de 1998 , Ministerio de Educación y Cultura de España, que el método Arcón quede legalmente inscrito, registrado y protegido, como obra científica, cuyo autor es D. Jaime Parejo García, en el Registro General de la Propiedad Intelectual con nº 23474.

¿ Qué sucede y seguirá sucediendo cuando los derrumbamientos con posibles personas sepultadas, sean inspeccionados por equipos caninos indebidamente utilizados como aptos para la intervención al no haber sido formados y entrenados adecuadamente con un método cuyo nivel de efectividad sea especialmente alto y suficientemente demostrado de forma oficial tanto en rigurosos simulacros como en intervenciones reales ?

Obviamente, que en aquellos casos donde existan personas, aún con vida sepultadas, no serán señalizadas por dichos perros, cuyo insuficiente nivel de concentración, motivación u otro tipo de deficiencias, impedirán que capte y señalice, en ciertos casos, las inherentes emisiones odoríferas de la espiración. Seguidamente el edificio siniestrado en cuestión, será desestimado en este aspecto, y consecuentemente la persona/s atrapada, no visible ni audible, seguirán pasando de una forma inevitable y sin que familiares, ciudadanos ni autoridades lleguen nunca a saberlo, a engrosar el número de víctimas mortales falleciendo por efecto de la habitual e indiscriminada remoción de escombros con la maquinas excavadoras u otros elementos, al no conseguirse detectar, localizar previamente, el punto o los puntos, exactos donde puedan existir personas sepultadas aún con vida.

Desde octubre de 1994, ha quedado demostrado totalmente el altísimo y superior nivel de efectividad del método Arcón ante numerosos especialistas y destacados expertos de diversos países, pertenecientes a las Instituciones oficiales competentes ( Cuerpos de Bomberos, Policías, Ejércitos, Universidades, Gobiernos… ) en centenares de operaciones de búsqueda, tanto en simulacros como en intervenciones reales. Así por ejemplo, ha quedado ya plenamente verificada la determinante circunstancia de que el umbral de estímulo o percepción (intensidad mínima que requiere poseer un estímulo para ser percibido ) en lo que respecta al olor humano, de explosivos, etc., resulta considerablemente menor para los perros instruidos con el método Arcón que para los ejemplares formados con el resto de sistemas existentes, debido a que el conjunto de las complejas técnicas Arcón consiguen optimizar positivamente los niveles de autonomía y motivación ( intrínseca y extrínseca ) durante el desarrollo de las operaciones de búsqueda, favoreciéndose al máximo el mantenimiento de un elevado grado de concentración, la elaboración de fructuosas estrategias de búsqueda canina y un rendimiento del dispositivo olfativo visiblemente excepcional, que permite detectar y localizar con rapidez y precisión, personas sepultadas u otros elementos como narcóticos, explosivos, minas, especies animales protegidas… incluso en puntos, de extrema dificultad perceptiva, en base al nivel de profundidad y/o hermeticidad o frente a otras formas de adversidad visual, auditiva, odorífera, espacial…

Este Bombero andaluz se ha dedicado con extrema intensidad, en favor de la Humanidad, a potenciar el salvamento de vidas en el mundo, impartiendo numerosos cursos, siempre oficiales por Gobiernos, fundamentalmente a Cuerpos de Bomberos, Policías y Ejércitos de los países de mayor riesgo de Iberoamérica, región donde optó voluntariamente por impartirlos de forma altruista. Escribe y publica reiteradamente una obra donde presenta una síntesis de su innovadora metodología Arcón, elabora importantes proyectos, reglamentos y programas formativos, imparte numerosas conferencias a nivel internacional y sus artículos son seleccionados y publicados por revistas de investigación científica de alto prestigio internacional como la Journal of Veterinary Behavior: Clinical Applications and Researh.

En la actualidad está oficialmente reconocido, a nivel internacional, como un destacado experto, técnico e instructor, en la especialidad de Rescate Canino en Catástrofes, habiendo sido oficialmente galardonado por la ONU con el Certificado de Distinción del Premio Sasakawa, siendo el único español al que le ha sido otorgado, hasta la fecha, tan relevante galardón a nivel mundial por su trascendente labor en favor de la reducción de víctimas frente a desastres en el mundo.

Además se le han concedido oficialmente numerosos premios, distinciones y condecoraciones por Instituciones de diversos países, Universidades, Gobiernos, Cuerpos de Bomberos, Policías, Ejércitos… como han sido por ejemplos el Primer Premio Nacional a la Investigación Científica por la RSCE, Reconocimiento oficial por el Comité Español del Programa El Hombre y la Biosfera de la UNESCO, por la Sociedad Cubana de Medicina Veterinaria para Casos de Desastres ( la cual lo nombra Miembro de Honor ) o por la Universidad Central Marta Abreu de Cuba la cual aprueba la inclusión de la metodología Arcón en el Programa oficial de Estudios de la Carrera universitaria de Veterinaria y Zootecnia.

Destacada Especialista del Ejército Español Informa sobre la Alta Efectividad del Método Arcón

Publicado por JaimeParejo el Lunes, Diciembre 21st, 2009 a las

Destacada Especialista del Cuartel General de Mando de Operaciones Especiales del Ejército Español Informa sobre la Alta Eficacia del Método Arcón

El Método Arcón: una metodología efectiva en el salvamento de vidas

Logo ©Método Arcón

Del 14 de septiembre al 16 de octubre del presente, se celebró en la ciudad capital de Quito (República de Ecuador), el XXVII Curso Internacional de Formación, de Rescate Canino en Catástrofes, Método Arcón, Nivel I y II.

Participantes al XXVII curso

La cabo 1º Mónica Rocamora Boschet, perteneciente al Grupo de Cuartel General del Mando de Operaciones Especiales de Alicante (España), y su ejemplar canino Naia, asistieron a dicho curso con un doble deseo:

  1. Profundizar en los conocimientos adquiridos sobre la conducta de aprendizaje canino en el desarrollo de la búsqueda.
  2. Mejorar la eficacia en la localización de personas sepultadas por cualquier causa (desastres naturales y/o derrumbes provocados por el hombre, avalanchas de tierra, nieve, etc.)

Consciente de la gran importancia que tiene el desarrollo de la búsqueda de personas sepultadas, del crucial apremio, de los minutos y segundos que pueden definir la estrechísima línea entre la vida y la muerte de las posibles víctimas, nuestro binomio decidió preparar su equipaje y marchar a Ecuador, un país hasta entonces, desconocido por ambas.

Ciudad de QuitoDe naturaleza extrema, personas sencillas, encantadoras y atentas es, del mismo modo, un país ducho en todo tipo de catástrofes. No en vano, en Quito, se encuentra la conocida “Guayaquil-Caracas Mega Falla”; una enorme falla transformal que, en caso de seísmo, provocaría movimientos en la superficie no dando tiempo a reaccionar con la prontitud necesaria para evitar una catástrofe de gran magnitud.

Además, la ciudad de Quito es fácilmente afectable ya que su suelo es bastante inestable (ceniza, piroclastos y materiales muy suaves). De ahí que cuando se produce un terremoto, todo se mantiene en movimiento y todo se destruye…

Un estudio realizado en el 2004 develó que menos del 0.2% de los edificios son aptos para aguantar un terremoto. Por otro lado, hemos de añadir que en Ecuador, han existido casos de tsunamis y que éstos pueden darse en cualquier momento.

Ceremonia de Inauguración del XXVII Curso M. ArcónSirva de dato que desde 1808 hasta 1979 se han registrado 11 de ellos. Además, un tsunami fuerte (8.8 en la escala de Richter), se cobró 500 víctimas en 1906. En el siglo pasado los terremotos han acabado con la vida de 11.000 personas y los deslizamientos (que algunos pueden ser fruto de un movimiento telúrico), más de 23.000.

Afortunadamente existen personas comprometidas, con una gran vocación humana que, sensibles a todo esto, trabajan en la prevención. Pero; ni siquiera ello es fácil. Más bien todo lo contrario ya que muchos organismos oficiales no le dan la transcendente importancia que realmente tiene hasta que no se produce un desastre y, llegado ese día, ¿qué ocurre? Todos lo sabemos…

La zona se llena de cientos e incluso miles de voluntarios y, aunque todos tenemos buenas intenciones, la falta de preparación y de equipos caninos realmente efectivos, puede motivar que la situación sea aún más caótica si cabe y, la no señalización de un ejemplar canino por la falta de experiencia del guía y/o, la no aplicación de una metodología realmente efectiva, provocará un incremento de las víctimas, las cuales se debaten entre la vida y la muerte en cuestión de segundos… Es triste pero es la realidad.

abo 1º Rocamora y su ejemplar NaiaMuchos Equipos Caninos carecen de una metodología realmente efectiva. Para nosotros, de lo más importante…; de un equipo humano verdaderamente concienciado en el salvamento de vidas. Un guía capaz de involucrarse en la formación del ejemplar canino, alguien que no busque notoriedad sino la propia satisfacción del trabajo bien hecho y éste, se consigue a base de sacrificio, eficiente formación y entrenamiento…

El Grupo de Intervención y Rescate (GIR), perteneciente a la Policía Nacional ecuatoriana, fue el Cuartel General donde se llevó a cabo tan importante curso. No en vano, esta misma Unidad es actualmente junto la localizada en Guayaquil, la Sede Internacional de Formación y Homologación Método Arcón de Equipos Caninos todo ello, en base a parámetros de idoneidad y optimización logística, técnica, profesional y operativa:www.rescatecanino.com

Nuestro binomio guarda un especial recuerdo de su estancia en el GIR, durante la cual, compartió clases y momentos muy especiales con miembros de esta misma Unidad así como otras Instituciones tales como la Brigada de Fuerzas Especiales Núm. 9 “Patria” del Ejército de Ecuador, el Comando de Inteligencia Militar del Ejército de Ecuador, Unidad Especial de AntiSecuestros y Extorsión de la Policía Nacional del Ecuador, el Grupo de Operaciones Especiales de la Policía Nacional del Ecuador, el Cuerpo de Bomberos de Cotacachi e Ibarra (Ecuador), el Cuerpo de Policía de Caracas (Venezuela), el Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Huelva (España), el Consorcio de Bomberos de la Diputación de Málaga (España), SOS Ayuda Sin Fronteras (España), GEBOCYL Grupo de Especialistas  Bomberos de la Junta de Castilla y León (España), el Cuerpo Oficial de Bomberos de Bogotá y el de Pereira (Colombia), la Policía Nacional de Colombia, Defensa Civil de Perú, Cuerpo Nacional de Bomberos de El Salvador

Equipos de rescateFueron días agotadoramente intensos en los que el cansancio se acusaba aún más, por la falta de habituación a los 2850 metros de altura a la que se encuentra la ciudad de Quito. Fueron profundas jornadas de estudio, de meticulosa y apasionante preparación pero, sobre todo, para ambas, fue el descubrimiento de un Método real y altamente eficaz para la formación e intervención de Equipos Caninos de Búsqueda (personas sepultadas, narcóticos, explosivos y/o cualquier sustancia que emita olor).

Ya, desde el primer momento, pudieron constatar la realidad del Método Arcón. La aplicación de sus Técnicas y su incidencia sobre parámetros importantísimos en la conducta de trabajo del ejemplar canino como son la AUTONOMÍA, MOTIVACIÓN y CONCENTRACIÓN es realmente, un avance que supera incluso a la tecnología más desarrollada hoy existente, en la búsqueda y el salvamento de personas vivas sepultadas.

Secuencia de señalización del sepultado efectuada por NaiaDestacar el alto nivel de disciplina y metodología del curso impartido por el creador e instructor principal delMétodo Arcón, D. Jaime Parejo García, palpable en cada una de las sesiones, ya fuesen teóricas o prácticas, del proceso formativo. Fue esto precisamente, lo que hizo que nuestro binomio alcanzara unos excelentes resultados, consiguiendo así no sólo la certificación oficial sino, lo más importante, los conocimientos indispensables para continuar preparándose e incluso intervenir, si es necesario, en un hipotético caso real. Tal y como subrayara D. Jaime Parejo García en su informe fechado a 23 de octubre de 2009.

Póster Método ArcónDesde aquí, nuestra más sincera felicitación y agradecimiento a D. Jaime Parejo García por su inestimable aportación e innovación en lo que respecta a su metodología en Pro del rescate canino. Gracias a su trabajo, estudio y tesón podemos contar con un sistema altamente eficaz en la búsqueda, localización y señalización de personas sepultadas, por cualquier tipo de catástrofes en el mínimo tiempo posible, un tiempo de vital importancia para las posibles víctimas. Ahora, hoy, sí puedo hablar con el fundamento que da la experiencia y puedo asegurar que los ejemplares instruidos con la metodología Arcón, aprenden a ser totalmente autónomos durante el trabajo de búsqueda, elaboran sus propias estrategias de búsqueda movidos por una motivación difícil de describir y es tal su concentración que ya, desde el primer momento, se puede escuchar cómo los ejemplares emplean sus dispositivos olfativos en busca del foco del olor de la persona sepultada…

Gracias Jaime, por su capacidad de observación, la disciplina en el campo y ése ánimo que nos infundes a todos no sólo en el esmerado estudio de la conducta canina y formación humana sino, lo más importante, en la concienciación de que lo realmente importante es:SALVAR VIDAS.

Mónica Rocamora Boschet
Cabo 1º Grupo del Cuartel General del Mando de Operaciones Especiales de Alicante (España)

Fuente : Portal Militar ASASVE

Comercialización de la fibra de la vicuña en el Perú. El informe que no se presentó

Publicado por Constantinopla el Domingo, Noviembre 1st, 2009 a las

Por: Herminio Ludeña Enciso (*) 

A continuación publico algunas partes importantes del informe del subgrupo de trabajo encargado de investigar las posibles irregularidades en la producción y comercialización de la fibra de vicuña, el mismo fué formado al interior de la Comisión de Producción y Pymes del Congreso de la República, en reunión del 30 de setiembre del 2004. El informe es impecable, lo puedo considerar un buen informe, pero lo que ha sucedido dentro de este subgrupo, lo tiene que investigar el Congreso actual. Según dicho informe se encuentran responsabilidades dentro del ex-Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos (CONACS) y en el Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA), además era necesaria la continuación de las investigaciones, ya que la Sociedad Nacional de Criadores de Vicuña (SNV), institución que presentó la denuncia también estaba y está comprometida en malos manejos y ello podría haber sido el motivo de que el subgrupo no haya continuado con las investigaciones. No es posible que un subgrupo que se forma para investigar un tema sobre corrupción de una entidad pública y que utiliza el dinero de todos los peruanos; no presente el informe final de dicha investigación, toda vez que en el curso de dicha investigación se han presentado muchas más denuncias y en las mismas estaba comprometida la organización denunciante. El informe será la base para presentar mayores pruebas sobre lo que ha sucedido dentro del ex-CONACS, el INRENA y la SNV. Esperamos que ahora se reabran las investigaciones que el caso amerita. A continuación las partes más importantes del informe:

 CONGRESO DE LA REPÚBLICA COMISIÓN DE PRODUCCIÓN Y PYMES SUB-GRUPO DE TRABAJO ENCARGADO DE INVESTIGAR LAS POSIBLES IRREGULARIDADES EN LA PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LA FIBRA DE VICUÑA 

INFORME FINAL 

“Investigación sobre las posibles irregularidades en la producción y comercialización de la fibra de vicuña, presidida por el Congresista de la República Víctor Manuel Noriega Toledo acordado en la sesión de la comisión del día 30 de Septiembre de 2003”. 

I FUNDAMENTOS DE HECHO 

1. A raíz de la denuncia presentada al Congreso de la República del Perú por la SOCIEDAD NACIONAL DE
LA VICUÑA (SNV), con oficio N° 318-03-SNV/GG de fecha 09 de Septiembre del 2003, y atendida en el seno de la Comisión de Producción y Pymes, presidida por el Congresista de la República Víctor Manuel Noriega Toledo, se constituyó un Sub-grupo de trabajo – de conformidad con el Art. 44 del reglamento del Congreso de la República del Perú y el Art. 97 y 102 de la Constitución Política del Perú –, acordado en la sesión de la Comisión del día 30 de setiembre de 2003, entrando en funcionamiento el 06 de octubre de este mismo año, encargado de investigar las presuntas irregularidades en la producción y comercialización de la fibra de vicuña, integrado por los siguientes Congresistas: 

Presidente:

Víctor Manuel Noriega Toledo

Miembros:

Rosa Graciela Yanarico Huanta

Santos Jaimes Serkovic

Luis Negreiros Criado 

La Comisión de Producción y Pymes acordó acoger esta denuncia. Y a través de ella, atender las demandas de las comunidades campesinas en lo que concierne a la producción, comercialización y conservación de este importante Recurso Natural del país como es la Vicuña (Vicugna vicugna), fuente importante de las condiciones de trabajo, subsistencia y desarrollo principalmente de las Comunidades Altoandinas del país. La fibra de vicuña en la actualidad tiene una gran demanda internacional, tanto en Europa como en los países Asiáticos y en un plazo relativamente corto, podría constituirse en uno de los productos bandera de este país, convirtiendo al Perú en el líder mundial de la Gestión y Explotación de este exclusivo recurso que puede contribuir de manera estratégica a nuestro desarrollo y sobre todo a la erradicación de la pobreza en las zonas Alto Andinos del Perú.

Las comunidades campesinas Altoandinos agrupadas en el seno de la Sociedad Nacional de la Vicuña, en la actualidad vienen confrontando diversos problemas: Los problemas legales que afectan la explotación de este recurso son actualmente objeto de estudio y análisis en el seno del Congreso de la República y particularmente en los marcos de las Comisiones Ordinarias, Agraria, Amazonia, Asuntos Indígenas y Afroperuanos. De la misma manera los problemas de Gestión por malos manejos de funcionarios del Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos (CONACS) y del Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA), contribuyen al ensombrecimiento de las condiciones de producción y explotación de este importante recurso natural.

2. Recibida y Registraba la denuncia y de conformidad con el Artículo 89° del Reglamento del Congreso de
la República, fue declarada admitida a investigación en el seno del Sub-grupo de Trabajo conformado para tal fin. 

3. La Sociedad Nacional de la Vicuña (SNV), es una Asociación civil constituida bajo las disposiciones del Código Civil de la República del Perú, inscrita con ficha N° 16034 del Registro de Personas Jurídicas de Lima y reconocida por Resolución Jefatural N° 010-94-AG-CONACS, domiciliada en Jr. Cahuide N° 805, piso 10 distrito de Jesús María, ciudad de Lima, debidamente representada por sus Directivos y por su Gerente General, presentó denuncia ante el Congreso de la República, contra el Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA) y contra el Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos (CONACS), por la no dación del permiso de exportación CITES, para exportar 500.76 Kg. de fibra de vicuña (Vicugna vicugna) predescerdada a la Empresa japonesa LEAF-INC con quien suscribe un convenio de Asociación en participación para dicha exportación. 

4. El Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA), mediante carta N° 276-2003-INRENA-IFFS-DCB de fecha 10 de Setiembre del 2003, igual 500.76 Kg comunica al presidente de la Sociedad Nacional de la Vicuña que su solicitud para la exportación de este lote de 500.76 Kg. de fibra de vicuña, es improcedente por estar incluido dicho lote de fibra, en los compromisos pactados en el convenio de Asociación en Participación suscrito el 22 de julio de 1994 y ampliado por los respectivos ADDENDUMS entre la SNV y la INTERNATIONAL VICUÑA CONSORTIUM (IVC), con actividad externa, constituido bajo las disposiciones del Código Civil de la República de Italia, inscrita con fecha de 12 de Julio de 1994, en el Registro de las Empresas del Tribunal de Vercelli, Italia, domiciliada en Germán Schreiber N° 206, distrito de San Isidro, ciudad de Lima, debidamente representada por su presidente del Comité Directivo, señor Pier Luigi Loro Piana, con pasaporte italiano N° 896236J. 

5. La SNV y la IVC, firman un convenio de Asociación en Participación para la transformación y comercialización de productos elaborados con fibra de vicuña, que comprende además las siguientes procesos de comercialización:”

Comentario: Luego de esta introducción se hace un estudio de los diversos procesos de comercialización en los cuales se puede observar muchas irregularidades. Luego hay investigaciones muy importantes respecto a las responsabilidades de los funcionarios del INRENA y del CONACS, que se exponen en los siguientes estudios realizados por el sub-grupo de trabajo. 

“1. DETERMINACION DE RESPONSABILIDADES DE FUNCIONARIOS DE INRENA Y CONACS POR HABER DECLARADO IMPROCEDENTE EL PERMISO DE EXPORTACIÓN DE 500.76 Kg. DE FIBRA DE VICUÑA PREDESCERDADA DE PROPIEDAD DE LA SOCIEDAD NACIONAL DE LA VICUÑA CON DESTINO A LA EMPRESA LEAF INC. DE JAPÓN 

Análisis jurídico: 

Al firmarse la Carta N° 276-2003-INRENA-IFFS-DCB de fecha 10.Set.2003, por Blga. Rosario Acero Villanes, en su calidad de Directora de Conservación de la Biodiversidad Autoridad Administrativa CITES-PERU, mediante el cual se declara improcedente la autorización de exportación de 500.76 Kg de fibra de vicuña (vicugna vicugna) predescerdada, con destino a la empresa LEAF INC. de Japón, procedente de la campaña de esquila del año 2002, por estar incluida estos lotes de fibra en los compromisos pactados en el convenio de asociación en participación entre la SNV con la IVC, y donde el Estado Peruano es veedor a través del CONACS. Dicho acto, también es emitido en mérito al Oficio N° 484-2003-AG-CONACS/P, de fecha 22.Ago.2003, firmado por el Presidente de CONACS Ing. Enrique Moya Bendezú, mediante el cual se hace expresa mención que el CONACS no es entidad autorizada para opinar sobre la vigencia o resolución del convenio de Asociación en Participación celebrado entre la Sociedad Nacional Criadores de Vicuña del Perú - SNV y la International Vicuña Consortium – IVC. Dicho documento se sustenta en el Informe N° 013-2003-AG-CONACS/OAJ de fecha 13.Ago.2003, autorizado por la Dr. Silvia Velásquez Silva, en su calidad de Directora General de Asesoría Jurídica, por el que, luego del análisis efectuado concluye que el convenio suscrito entre SNV y la empresa LEAF-INC se encuentra dentro del marco de los dispositivos legales correspondientes al sector, así como también, dentro del convenio de cesión en uso de la marca Vicuña Perú, otorgado por el CONACS a la SNV.

Por otro lado en el mismo día 22 de agosto del 2003, el propio Ing. Enrique Moya Bendezú, firma el Oficio N° 485-2003-AG-CONACS-P, mediante el cual se pronuncia sobre la supervisión de la procedencia de la fibra de la campaña del año 2002, haciendo expresa mención, y entrando en seria contradicción, que el Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos no tiene competencia para opinar sobre un convenio celebrado entre terceros; no obstante ello por haber participado el Poder Ejecutivo como veedor en la suscripción del Convenio de Asociación en Participación celebrado entre la Sociedad Nacional de Criadores de Vicuñas del Perú -SNV y la Internacional Vicuña Consortium - IVC; se encuentran comprometidos en supervisar su debido cumplimiento. Haciendo expresa mención inclusive a la vigencia del aludido convenio, al no haberse demostrado legal y fehacientemente que ha sido resuelto, según los mecanismos del propio convenio, y señalando que la Sociedad Nacional de Criadores de la Vicuña del Perú – SNV, no puede comprometer la producción de fibra, de la Campaña de Captura y Esquila correspondiente al año 2002, correspondiendo ser entregada a la International Vicuña Consortium.  

Al impedirse unilateralmente la exportación para la venta libre de 500.76 Kg., la fibra de vicuña predescerdada, se ha perjudicado flagrantemente a la Sociedad Nacional de Criadores de Vicuña y en forma directa a las Comunidades Campesinas que la integran, por cuanto los funcionarios del Instituto Nacional de Recursos Naturales – INRENA y el Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos – CONACS, tenían pleno conocimiento que tanto la Ley N° 26496 del 23.JUN.95, como su reglamentación contenida en el D.S. N° 007-96-AG del 07.JUN.96, no son aplicables al Convenio de Asociación en Participación antes descrito.

Su inaplicabilidad, se sustenta de conformidad con el Art. 62° de la Constitución, en el sentido que los términos contractuales no pueden ser modificados por leyes u otras disposiciones de cualquier clase. Por consiguiente; sin entrar a discutir la validez del mencionado Convenio, sino mas bien, el perjuicio que los actos administrativos emitidos por los funcionarios de INRENA y CONACS, han ocasionado a la sociedad, resulta inaplicable controlar y supervisar el Convenio conforme a las reglas que señala el referido D.S. N° 007-96-AG, por cuanto la ley se aplica a las consecuencias de las relaciones y situaciones jurídicas existentes, no teniendo fuerza ni efectos retroactivos, conforme lo establece el Art. III del Título Preliminar del Código Civil.  

Así mismo, las autoridades del Estado del Perú, como son el Presidente de la República, el Ministro de Agricultura y el Presidente del Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos, en las personas; del Ing. Alberto Fujimori Fujimori, Ing. Absalón Vásquez Villanueva y el Dr. Alfonso Martínez Vargas, al participar como testigos del acto jurídico constituido por el tantas veces mencionado Convenio de Asociación en Participación (no siendo cierto que fueron simplemente veedores) encontrándose descalificados de supervisar del debido cumplimiento de dicho convenio, máxime sí la participación del testigo Alfonso Martínez Vargas, con la anuencia de las autoridades de turno, se constituyó posteriormente en agosto del año 2000, en un comercializador de fibra de vicuña a través de la empresa ALMAR CORPORATION S.A. (como es de verse en la Partida Electrónica 11206669 del Registro de Personas Jurídicas de Lima, dicha empresa no cuenta con giro para la referida comercialización de fibra de vicuña). 

De conformidad con el Capitulo IV del Código Procesal Civil, el testigo es la persona, que después de apreciar hechos que luego se convierten controvertidos y con relevancia jurídica, declara sobre ellos ante un Juez de manera que, se encuentra terminantemente prohibido aquel testigo que tenga Interés directo o indirecto en un proceso. Vale decir, al haberse dado la calidad de testigos al ex Presidente de la República, ex Ministro de Agricultura y el ex Presidente del CONACS, representando en 1994 al Estado Peruano, se encontrarían descalificados para asumir alguna función de control y supervisión del referido Convenio, como lo pretenden hacer en el 2003 los funcionarios del INRENA y el propio CONACS. En efecto, si los posibles mecanismos legales señalan, que las entidades pertinentes pueden supervisar la ejecución de un Convenio de la naturaleza como el antes mencionado, no debieron aceptar los cargos de testigos, de lo contrario el caso, se convierte en conflicto de intereses, conforme así viene sucediendo. Es más, al permitirse la suscripción de dicho Convenio, se desnaturalizó la Asociación en Participación, para la Transformación Industrial, Confección y Comercialización de la Fibra de la Vicuña del Perú; por cuanto, en Julio de 1994, se encontraba vigente el Texto Único Ordenado de la Ley General de Sociedades, contenido en el Decreto Supremo N° 003-85-JUS, en cuyo Artículo 401° se establece que ¨ no habría relación jurídica entre los terceros y los asociados ¨; vale decir el Estado, no obstante haber participado por sus máximas autoridades como ¨testigos¨, por disposición de la referida norma no tendría participación, por no tener relación jurídica con las partes del Convenio a tenor de ius imperium de la referida Ley General de Sociedades.

También resulta inconsistente por parte de los funcionarios y servidores de INRENA y CONACS, al emplear mecanismos de control concurrente y posterior a las relaciones derivadas del Convenio en Participación (entre estas se incluye las medidas cautelares), toda vez que, corresponde al Centro de Arbitraje Nacional e Internacional de la Cámara de Comercio de Lima, pronunciarse sobre cualquier desavenencia o controversia por haberse sometido las partes contratantes según la IX Cláusula del Tercer Addendum de fecha 22 de julio de 1994, en lo que respecta a Jurisdicción y Arbitraje. De manera que, en este extremo, las partes han pactado conforme a lo establecido en el Art. 62° de la Constitución, en el sentido que los conflictos derivados de la relación contractual sólo se solucionan en la vía arbitral o en la judicial, según los mecanismos de protección previstos en el contrato contemplados en la ley. Por consiguiente, no les corresponde a los funcionarios de INRENA, ni a los de CONACS, pronunciarse sobre el cumplimiento de las cláusulas del Convenio, máxime sí de las pruebas aportadas se desprende que, tanto
la Blga. Rosario Acero Villanes, como el Ing. Enrique Moya Bendezú, no obstante entrar en graves contradicciones, también actuaron al margen de la ley. 

Por estas consideraciones, se acredita fehacientemente indicios razonables de comisión del delito cometidos por Funcionarios Públicos en la modalidad de abuso de autoridad tipificado y sancionado por el artículo 376° del Código Penal, por parte de los funcionarios de INRENA y CONACS comprometidos en la aprobación de los actos administrativos en perjuicio de las comunidades campesinas Alto Andinas. Sin perjuicio a lo anteriormente señalado, y al haberse ejercido indebidamente el poder público que la Nación les ha confiado, los funcionarios y servidores comprometidos en el perjuicio ocasionado a los comuneros por la ilegalidad manifiesta antes descrita, serán pasibles de sanción administrativa, previo proceso y conforme a las reglas establecidas en el Artículo 239° de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General y normas conexas, por cuanto se encontraban obligados a desempeñar sus funciones con honestidad, eficiencia, laboriosidad y vocación de servicio; asimismo, debiendo conducirse con dignidad en el desempeño de sus respectivos cargos. 

De lo precedentemente expuesto, debe tenerse en cuenta que la línea de conducta de los funcionarios de INRENA Y CONACS, comprometidos en el perjuicio en agravio de los comuneros criadores de vicuñas, se han sujetado siempre y en todo momento a su potestad de dichas entidades en pronunciarse sobre el cumplimiento de las obligaciones contenidas en el Convenio de Asociación en Participación en virtud a la participación de las máximas autoridades de la Nación; pero, sin tener en cuenta el marco constitucional y legal.

Finalmente, en la secuela del proceso de investigación, se recepcionó la información, mediante la cual se aprecia que el señor Fiscal Provincial de la Quincuagésima Segunda Fiscalía Provincial en lo Penal de Lima, en la Denuncia N° 143-2003, y en mérito del Atestado Policial N° 1505-DIRINCRIDIVPOMIP-DPTO-O7, ha formulado denuncia penal contra ROSARIO TRINIDAD ACERO VILLANES DE LARES por el delito contra la Administración Pública – Abuso de Autoridad y contra la Fé Pública – Falsedad Genérica en agravio del Estado, y contra ENRIQUE MOYA BENDEZU por el delito contra la Administración Pública – Abuso deAutoridad”. 

A continuación el grupo de trabajo investiga el marco legal en el cual se ha desarrollado las diversas comercializaciones de la fibra de la vicuña y como se formó la empresa Almar Corporation S.A. de propiedad del ex-jefe del CONACS, ex-gerente de la SNV, e inclusive dio origen a normas legales que favorecían a dicha empresa, como el Decreto Supremo Nro. 0053-2000-AG; que fue firmado por Alberto Fujimori, poco antes de su fuga al Japón. 

“2. SOBRE LA EVALUACIÓN DEL MARCO LEGAL RELACIONADO CON LA PROPIEDAD, USO, USUFRUCTO, APROVECHAMIENTO Y COMERCIALIZACION DE FIBRA DE VICUÑA QUE FUERON PUBLICADAS POSTERIORMENTE A LA FIRMA DEL CONVENIO DE ASOCIACIÓN EN PARTICIPACION: 

Análisis jurídicos: 

Si bien es cierto, la vicuña es patrimonio de la Nación, y su fibra constituye un recurso renovable siendo el Estado soberano en su aprovechamiento. También es cierto, que por ley orgánica en 1994 (fecha que se suscribió el Convenio), debieron fijarse las condiciones de su utilización y su otorgamiento a particulares. En efecto, el único medio que debieron emplear los testigos para establecer un derecho real a favor de su titular, debió darse por medio del contrato de concesión sujeto a ley orgánica (que recién se regulariza el 27 de junio de 1997 al expedirse la Ley N° 26821-Ley Orgánica para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales). En consecuencia, al no existir ley orgánica, ni contratos de concesiones, en aquel momento, en las que se establezcan la utilización y otorgamiento a particulares del producto en mención, como lo indica el Artículo 66° de la Constitución de 1993 (vigente al momento de suscribirse el Convenio); únicamente con dicho acto jurídico, se ha desprotegido los intereses del Estado y de las propias Comunidades criadores de Vicuña. En efecto, Los ¨testigos¨, en las personas del Presidente de la República, Ing. Alberto Fujimori Fujimori; el Ministro Agricultura Ing. Absalón Vásquez Villanueva y el Presidente del Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos, Abogado Alfonso Martínez Vargas, al participar en el cuestionado acto jurídico del 22 de julio de 1994, constituido por el tantas veces mencionado Convenio de Asociación en Participación (no siendo cierto que fueron simplemente veedores como lo indican los funcionarios de INRENA y CONACS), indebidamente han propiciado a través de la suscripción del Convenio de Asociación en Participación, el posicionamiento monopólico, haciendo participar a los contratantes en prácticas restrictivas en la actividad productiva, distorsionando la libre comercialización de la fibra de vicuña, infringiendo el Artículo 61° de la Constitución Política del Perú, y de la misma forma contraviniendo el Artículo 232° del Código Penal, los cuales, por el transcurso del tiempo han prescrito.

Por otro lado, la línea de conducta de los ¨testigos¨ Fujimori y Martínez, resultan ser agravantes cuando se aprueba el D.S. N° 053-2000-AG, firmado el 23 de setiembre del 2000 por el ¨testigo¨ Ing. Alberto Fujimori Fujimori, en su calidad de Presidente de la República conjuntamente con José Chlimper Ackerman, como Ministro de Agricultura, por haberse expedido cuando el propio Alfonso Martínez Vargas con fecha 22 de agosto del 2000 había inscrito la empresa ALMAR CORPORATION SOCIEDAD ANÓNIMA, conforme se puede apreciar en la Partida Electrónica N° 11206669 del Registro de Personas Jurídicas de Lima, en cuyo objeto se hace expresa mención que se dedicará a la producción, procesamiento y comercialización de todo tipo de productos agropecuarios, entre estos a la fibra de vicuña; con lo cual se demuestra infracción a la Constitución y la presunción de ilícitos penales, cuyo acto es pasible de ser investigado en las instancias correspondientes. 

Con la dación del D.S. N° 053-2000-AG se liberalizaba en la práctica, la comercialización de la fibra de vicuña, al entregarse en custodia y usufructo hatos de vicuña y/o guanaco a personas naturales y jurídicas distintas de la Comunidades Campesinas, en cuyo territorio habitan dichas especies en firme contravención con el artículo 66° de la Constitución, toda vez que, como patrimonio de la Nación, sus condiciones de utilización y su otorgamiento a particulares de fibra de vicuña, debió fijarse por ley, conforme lo señala expresamente el Artículo 19° de la Ley Orgánica N° 26821, por ser considerada la fibra de vicuña recurso natural. 

Debemos hacer mención, que en el caso de Alfonso Martínez Vargas, su actuación es mucho más grave, al conocerse que venía organizando el iter criminis , al verificarse en la mencionada Partida Electrónica N° 11206669 del Registro de Personas Jurídicas de Lima que desde el 25 de marzo del 2000 venía operando en la comercialización de fibra de vicuña; ósea cuando aún ejercía el cargo de Presidente del CONACS. Mientras tanto, el 23 de setiembre de aprobó el D.S. N° 0053-2000-AG; permitiéndose dolosamente que el cuestionado representante de la empresa ALMAR CORPORATION S.A. representada por Alfonso Martínez Vargas, se acoja gracias al patrocinio ilegal de intereses, para que proceda irregularmente a la comercialización de fibra de vicuña. Al respecto, en el caso del Ing. Alberto Fujimori Fujimori y José Chlimper Ackerman, han actuado como presuntos autores en circunstancias agravantes de tipo penal, en sus condiciones de sujetos activos como autoridades que fueron, por haber aprobado el D.S. N° 0053-2000-AG, y del abogado Alfonso Martínez Vargas, como autor intelectual, por cuanto a la luz de las revelaciones demuestran en forma agravante los indicios razonables del delito de concusión en la modalidad de aprovechamiento de cargo para patrocinio ilegal de intereses, tipificado y sancionado por el Artículo 385° del Código Penal, transgrediendo y desnaturalizando lo establecido en la Ley Orgánica N° 26821, con el propósito que la empresa ALMAR CORPORATION S.A. se favorezca en los futuros negocios de comercialización de fibra de vicuña. Al respecto, es preciso señalar que Alfonso Martínez venía premeditando las futuras operaciones de ALMAR CORPORATION S.A., tales como al haber sido autorizado por el Ministro de Agricultura, para realizar la Evaluación Poblacional de Vicuñas y Guanacos existentes a nivel nacional, conforme se puede apreciar en la Resolución Ministerial N° 0146-2000-AG del 16 de marzo del 2000, o el caso más patético, que demuestra un indicio relevante cuando se firma el Cuarto Addendum del Convenio de Asociación en Participación entre SNV y la IVC, en donde los representantes de International Vicuña Consortium (que a partir del 2000 se constituyó en socio capitalista de ALMAR CORPORATION S.A.), hacen expresa mención que el Estado Peruano a través del Decreto Nro. 053 de fecha setiembre de 2000, estableció principios y modalidad operativa que de alguna manera modifica y contradice la condición de la SNV, pero de la cual sacó ventaja la IVC.

La presencia de Alfonso Martínez al conocerse por medio de esta investigación, sobre sus negocios de comercialización de fibra de vicuña paralelos a la función que ejercía como Presidente del CONACS, revela pués, dentro de la estructura orgánica del sector agrario del Estado, para el tema de los camélidos sudamericanos, en el período que abarcó desde 1994 hasta el 2000, es tenida en cuenta para evaluar la existencia de una estructura jerarquizada organizada con la finalidad de tener interés directo en la comercialización de la fibra de vicuña, en perjuicio de los comuneros Alto Andinos del país y en desmedro del patrimonio de la Nación, en clara contravención del inciso d) del Artículo 3° del Decreto Legislativo N° 276 – Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y su Reglamento según Decreto Supremo N° 005-90-PCM, por cuanto los servidores y funcionarios públicos deben desempeñar sus funciones con honestidad.  

La inobservancia a los preceptos constitucionales y legales, tipificadas a plenitud conforme a lo precedentemente expuesto, han sido medios para la perpetración de presunción de hechos que constituyen comisión de ilícitos penales en agravio del Estado, de la Sociedad Nacional de Criadores de Vicuña y de los propios comuneros”.

Comentario: Finalmente el grupo de trabajo – luego de un análisis de todo lo investigado – da las conclusiones y recomendaciones de todo lo estudiado e investigado.

“CONCLUSIONES:

1° El ex - Presidente de la República Señor Alberto Fujimori Fujimori, el ex - Ministro de Agricultura Señor Absalón Vásquez Villanueva y el ex –Presidente del Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos abogado Alfonso Martínez Vargas, han vulnerado lo estipulado en el tercer párrafo del Artículo 126° de la Constitución Política, al haber firmado en calidad de ¨testigos¨, el Convenio de Asociación en Participación suscrita por la Sociedad Nacional de Criadores de Vicuña con la International Vicuña Consortium.

2° Los funcionarios y/o servidores públicos del Intituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA y Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos - CONACS, en las personas de Blga. Rosario Acero Villanes y el Ing. Enrique Moya Bendezú, respectivamente, por ampararse en la irregular actuación de las autoridades indicadas en el punto precedente, a sabiendas que no les correspondía pronunciarse sobre el cumplimiento de las cláusulas del Convenio de Asociación en Participación, suscrito entre la Sociedad Nacional de la Vicuña - SNV y International Vicuña Consortium - IVC, razón más que suficiente, que nos hace concluir que se encuentran seriamente comprendidos, en la comisión del delito cometidos por Funcionarios Públicos en la modalidad de abuso de autoridad tipificado y sancionado por el Artículo 376° del Código Penal. 

3° La Ley N° 26496 y su Reglamento contenido en el D.S. N° 007-96-AG, de fechas 23 de junio de 1995 y 07 de junio de 1996, resultan ser inaplicables para hacer cumplir las obligaciones contenidas en el Convenio de Asociación en Participación entre SNV e IVC, que fue suscrito el 22 de julio de 1994, en virtud al Artículo 62° de la Constitución Política.

4° El ex Presidente de la República Señor Alberto Fujimori Fujimori y el ex-Ministro de Agricultura Señor José Chlimper Ackerman, al firmar el D.S. 0053-2000-AG del 23 de setiembre del 2000, conocían del irregular negocio creado por Alfonso Martínez Vargas a  través de la empresa ALMAR CORPORATION S.A., en virtud a lo señalado en el Artículo 2012° del Código Civil. De manera que, ha quedado plenamente demostrado al aprobarse el D.S. N° 0053-2000-AG, se transgredió lo establecido en el Artículo 103° de la Constitución Política, por haberse beneficiado a la empresa ALMAR CORPORATION S.A., que simultáneamente venía siendo representada por el Presidente del CONACS de aquel entonces, desnaturalizando el principio de generalidad de la ley y demostrándose un presunto patrocinio ilegal de intereses.

5° Existen indicios razonables de que el abogado Alfonso Martínez Vargas, habría sido el autor intelectual en la comisión del delito de Aprovechamiento del Cargo, para el Patrocinio Ilegal de Intereses, a fin de favorecer a la empresa de su propiedad ALMAR CORPORATION S.A., creada cuando dicha persona simultáneamente venía ejerciendo el cargo de Presidente del Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos – CONACS, cuya línea de conducta se encuentra tipificada y sancionada en el Artículo 385° del Código Penal.

RECOMENDACIONES: 

1° Análisis, estudio y revisión del marco legal sobre Camélidos Andinos silvestres (guanaco y vicuña), para cuyo efecto se recomienda derivar a la Comisión Agraria del Congreso de la República, para su correspondiente formulación, aprobación de Ley Especial que establezca los derechos para el aprovechamiento sostenible de este importante recurso natural mediante las modalidades establecidas en
la Constitución Política.

2° Recomendar al Poder Ejecutivo que a través del Ministerio de Agricultura genere un Proyecto de Ley que declare la inmediata derogación de los D.S. N° 0053-2000-AG y el D.S. N° 008-2004-AG.

3° Se recomienda remitir el presente informe al Pleno del Congreso de la República para que se constituya una Comisión avocada a la reestructuración del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA y Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos - CONACS.

4° Remitir lo actuado al Ministerio Público para que proceda con arreglo a Ley en cuanto a los funcionarios que no gozan de antejuicio político, para cuyo efecto se tendrá presente que las personas de ROSARIO TRINIDAD ACERO VILLANES DE LARES y ENRIQUE MOYA BENDEZU, han sido denunciadas por el señor Fiscal Provincial de la Quincuagésima Segunda Fiscalía Provincial en lo Penal de Lima, en la Denuncia N° 143-2003. Asimismo, implementar el punto número 5 de las conclusiones del presente Informe y de conformidad con su Ley Orgánica – D. L. N° 052 – proceda a interponer la correspondiente demanda de disolución de persona jurídica de la empresa Almar Corparation S.A. representada por Alfonso Martínez Vargas por haber sido creada con fines y propósitos ilícitos.

5° Exhortar al Ministro de Agricultura a fin de que acelere las recomendaciones contenidas en el Informe Especial N°017-2001-2-0052, de fecha 09 de noviembre de 2001, recaído en la acción de control llevado a cabo por la Oficina de Auditoria Interna del Ministerio de Agricultura a solicitud de la Contraloría General de la República, mediante el cual se determinó responsabilidad penal al ex – funcionario Alfonso Martínez Vargas por el delito de peculado en agravio del Estado.

6° Exhortar al Poder Ejecutivo a realizar las políticas de Estado concerniente a la protección, conservación y aprovechamiento de los Recursos Naturales, para cuyo efecto será necesario implementar un programa nacional de camélidos andinos para el desarrollo de la cría y manejo tecnificado de este animal como una forma de desarrollo nacional y particularmente como un medio de superar la pobreza de las comunidades campesinas Alto Andinas criadores de la vicuña, manteniendo su condición de animal silvestre.

7° Remitir copias a la Sub Comisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso de la República, para que conforme al Art.° 89 del reglamento del Congreso, proceda a calificar la admisibilidad y procedencia de la denuncia constitucional que los firmantes del presente informe contra el ex Presidente de la República Ing. Alberto Fujimori Fujimori y el ex Ministro de Agricultura Señor José Chlimper Ackerman, procediéndose a implementar el punto 4° de las Conclusiones del presente Informe.

Lima, 15 de julio de 2004 

VICTOR MANUEL NORIEGA TOLEDO

PRESIDENTE

ROSA YANARICO HUANCA, Miembro

LUIS NEGREIROS CRIADO, Miembro

SANTOS JAIME SERKOVIC, Miembro” 

Comentario: Todo lo expuesto no deja lugar a dudas, existe una corrupción muy enraizada en el ex-CONACS y en el INRENA, que amerita mayores investigaciones. A pesar de haberles hecho llegar un cuadernillo presentando una serie de irregularidades al sub-grupo de trabajo, con copia de oficios y cartas que comprometen al ex-CONACS, INRENA y a la SNV; el informe nunca fue visto por el Pleno del Congreso; razón por la cual nunca se ha seguido investigando respecto a otras denuncias presentadas a dicho subgrupo de trabajo. Es decir todo el trabajo realizado no ha servido para nada, debido a intereses personales de alguno de los integrantes de dicho sub-grupo.

(*) Consultor en Recursos Pecuarios Andinos      

       ex-docente investigador de la UNMSM